Editorial:
Por Raúl Enrique Bibiano
El
Equipo Fiscal Especial (EFE) de Resistencia, Chaco, ha emitido las
imputaciones correspondientes y solicitado la prisión preventiva
para siete personas detenidas en relación a la muerte de Cecilia
Marlen Strzyzowski. La causa, conocida como "Sena, César Mario
Alejandro y otros s/ femicidio", investiga este trágico suceso
que ha conmocionado a la comunidad local y nacional..
El
fiscal Jorge Gómez, junto con los fiscales Jorge Cáceres Olivera y
Nelia Velázquez, ha determinado las imputaciones para cada uno de
los involucrados en base a su probable participación en los delitos
señalados. Entre las imputaciones se encuentran el homicidio
triplemente agravado de César Sena, por el vínculo y en contexto de
violencia de género, y con la participación premeditada de dos o
más personas. También se han imputado a otros involucrados por
homicidio agravado y encubrimiento agravado.
Los
fundamentos presentados por los fiscales destacan la necesidad de
esta medida cautelar para garantizar una investigación y juicio
adecuados, considerando la gravedad del delito, el modo en que fue
perpetrado y el posible riesgo de entorpecimiento de la
investigación. Además, se subraya la importancia de proteger a la
víctima y asegurar el cumplimiento de la ley.
Es
importante recordar que, si bien se respetan las garantías
constitucionales y los tratados internacionales en cuanto a la
libertad de los procesados, en casos tan serios como la violencia
contra las mujeres, dichas garantías pueden ceder en aras de la
justicia y la aplicación efectiva de la ley. El presente auto de
procesamiento, en línea con el artículo 289 del Código Procesal
Penal, busca garantizar la búsqueda de la verdad y el necesario
castigo a los responsables de este acto de violencia.
La
sociedad espera que se realice una investigación exhaustiva y justa,
que se respeten los derechos de las partes involucradas y que se haga
justicia en el caso de Cecilia Marlen Strzyzowski. Solo a través de
un proceso legal transparente y equitativo será posible alcanzar la
verdad y brindar el debido castigo a aquellos culpables de esta
terrible tragedia.
Mediante una conferencia de prensa, el Equipo Fiscal Especial
(EFE) de Resistencia, Chaco, que investiga la muerte de Cecilia
Marlen Strzyzowski (28), en la causa 2.632/2023-1 “Sena, César
Mario Alejandro y otros s/ femicidio” definió las imputaciones
para las siete personas detenidas en la causa y solicitó la prisión
preventiva para cada una de ellas.
En
ese sentido, los fiscales Jorge Gómez, Jorge Cáceres Olivera y
Nelia Velázquez dispusieron las siguientes imputaciones por sus
probables participaciones responsables en los delitos que se detallan
a continuación:
-
César Sena: homicidio triplemente agravado por el vínculo y por
haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de
autor y por el concurso premeditado de dos o más personas en
carácter de coautor (artículo 80 incisos 1, 11, 6 y artículo 45
todos del Código Penal en función de la ley 26.485).
-
Emerenciano Sena y Marcela Acuña: homicidio agravado por el concurso
premeditado de dos o más personas en carácter de coautores
(artículo 80 inciso 6 y artículo 45 todos del Código Penal).
-
Gustavo Melgarejo, Griselda Reinoso, Gustavo Obregón y Fabiana
González: encubrimiento agravado (artículo 277 inciso 3 acápite
"a" en función del inciso 1 acápite "b" del
Código Penal).
En
todos los casos por aplicación del artículo 289 incisos 1 y 2 del
Código Procesal Penal.
Fundamentos:
En
sus fundamentos, los fiscales afirmaron que el presente auto de
procesamiento “se vislumbra como la única medida posible para
garantizar la adecuada investigación y juicio en caso de elevarse la
causa, así como también que, en razón de la naturaleza del hecho
delictivo de extrema gravedad y el modo de comisión del mismo, así
como el contexto que lo rodea y el accionar de los imputados, que
evidencian vehementes indicios de que podrían entorpecer la
investigación, sumado a que en caso de ser condenados la pena podría
ser de cumplimiento efectivo, es que se dicta la presente medida
cautelar”.
“Independientemente
de ello, no desconoce este Ministerio Público las garantías
emergentes de nuestra Constitución Nacional, Provincial y Tratados
Internacionales, referentes a la libertad de los procesados, pero
esta garantía debe ceder cuando fines superiores de justicia y de
aplicación de la ley de fondo determinan sobradamente que un hecho
de estas características, de violencia contra la mujer, merecen la
protección de la ley para permitir la búsqueda de la verdad y la
aplicación de la ley, lo que hace que la medida cautelar en cuestión
resulte ajustada a la norma procesal que la regula en el art. 289 del
C.P.P.”, agregaron.
Por
todo esto aseguraron que “existen elementos de convicción
suficientes para sostener como probable la participación punible de
los encartados y además existen indicios vehementes de que tratarán
de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación”.