Editorial:
Por Raúl Enrique Bibiano
El Equipo Fiscal Especial (EFE) de Resistencia, Chaco, ha emitido las imputaciones correspondientes y solicitado la prisión preventiva para siete personas detenidas en relación a la muerte de Cecilia Marlen Strzyzowski. La causa, conocida como "Sena, César Mario Alejandro y otros s/ femicidio", investiga este trágico suceso que ha conmocionado a la comunidad local y nacional..
El fiscal Jorge Gómez, junto con los fiscales Jorge Cáceres Olivera y Nelia Velázquez, ha determinado las imputaciones para cada uno de los involucrados en base a su probable participación en los delitos señalados. Entre las imputaciones se encuentran el homicidio triplemente agravado de César Sena, por el vínculo y en contexto de violencia de género, y con la participación premeditada de dos o más personas. También se han imputado a otros involucrados por homicidio agravado y encubrimiento agravado.
Los fundamentos presentados por los fiscales destacan la necesidad de esta medida cautelar para garantizar una investigación y juicio adecuados, considerando la gravedad del delito, el modo en que fue perpetrado y el posible riesgo de entorpecimiento de la investigación. Además, se subraya la importancia de proteger a la víctima y asegurar el cumplimiento de la ley.
Es importante recordar que, si bien se respetan las garantías constitucionales y los tratados internacionales en cuanto a la libertad de los procesados, en casos tan serios como la violencia contra las mujeres, dichas garantías pueden ceder en aras de la justicia y la aplicación efectiva de la ley. El presente auto de procesamiento, en línea con el artículo 289 del Código Procesal Penal, busca garantizar la búsqueda de la verdad y el necesario castigo a los responsables de este acto de violencia.
La sociedad espera que se realice una investigación exhaustiva y justa, que se respeten los derechos de las partes involucradas y que se haga justicia en el caso de Cecilia Marlen Strzyzowski. Solo a través de un proceso legal transparente y equitativo será posible alcanzar la verdad y brindar el debido castigo a aquellos culpables de esta terrible tragedia.
Mediante una conferencia de prensa, el Equipo Fiscal Especial (EFE) de Resistencia, Chaco, que investiga la muerte de Cecilia Marlen Strzyzowski (28), en la causa 2.632/2023-1 “Sena, César Mario Alejandro y otros s/ femicidio” definió las imputaciones para las siete personas detenidas en la causa y solicitó la prisión preventiva para cada una de ellas.
En ese sentido, los fiscales Jorge Gómez, Jorge Cáceres Olivera y Nelia Velázquez dispusieron las siguientes imputaciones por sus probables participaciones responsables en los delitos que se detallan a continuación:
- César Sena: homicidio triplemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de autor y por el concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautor (artículo 80 incisos 1, 11, 6 y artículo 45 todos del Código Penal en función de la ley 26.485).
- Emerenciano Sena y Marcela Acuña: homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas en carácter de coautores (artículo 80 inciso 6 y artículo 45 todos del Código Penal).
- Gustavo Melgarejo, Griselda Reinoso, Gustavo Obregón y Fabiana González: encubrimiento agravado (artículo 277 inciso 3 acápite "a" en función del inciso 1 acápite "b" del Código Penal).
En todos los casos por aplicación del artículo 289 incisos 1 y 2 del Código Procesal Penal.
Fundamentos:
En sus fundamentos, los fiscales afirmaron que el presente auto de procesamiento “se vislumbra como la única medida posible para garantizar la adecuada investigación y juicio en caso de elevarse la causa, así como también que, en razón de la naturaleza del hecho delictivo de extrema gravedad y el modo de comisión del mismo, así como el contexto que lo rodea y el accionar de los imputados, que evidencian vehementes indicios de que podrían entorpecer la investigación, sumado a que en caso de ser condenados la pena podría ser de cumplimiento efectivo, es que se dicta la presente medida cautelar”.
“Independientemente de ello, no desconoce este Ministerio Público las garantías emergentes de nuestra Constitución Nacional, Provincial y Tratados Internacionales, referentes a la libertad de los procesados, pero esta garantía debe ceder cuando fines superiores de justicia y de aplicación de la ley de fondo determinan sobradamente que un hecho de estas características, de violencia contra la mujer, merecen la protección de la ley para permitir la búsqueda de la verdad y la aplicación de la ley, lo que hace que la medida cautelar en cuestión resulte ajustada a la norma procesal que la regula en el art. 289 del C.P.P.”, agregaron.
Por todo esto aseguraron que “existen elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible de los encartados y además existen indicios vehementes de que tratarán de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación”.
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