CONDENADO POR TRATA DE PERSONAS EN CÓRDOBA, INTENTA ATENUAR SU CONDENA MEDIANTE RECURSO DE CASACIÓN ANTE LA CÁMARA FEDERAL Y LE RATIFICAN SU SENTENCIA.
Omar Marcelo Gauna, había sido juzgado y sentenciado por el Tribunal Oral Federal N° 2, de Córdoba, entonces presidido por José María Pérez Villalobo, e integrado además por José Fabián Asía y Carlos Lascano. acusado de los delitos de “promoción y facilitación de la prostitución de personas doblemente agravada por mediar violencia y amenazas sobre la persona de la víctima y por tratarse de una persona conviviente, trata de personas mayores de edad por tratarse de una persona conviviente y promoción y facilitación de la prostitución de personas mayores de edad”.
El hecho aberrante que conmocionó a todo el País en los umbral de finales de 2014, tomaba connotación pública cuando durante el juicio oral al que era sometido, se pudo saber mucho más que pocas cosas respecto a sus delitos como proxeneta que aparecía inmutado plagado de tatuajes.
El primer día de juicio, Omar Marcelo Gauna hizo uso de la palabra y respondió todas las preguntas que se le hicieron. Negó que se hubiera aprovechado de las mujeres que enamoraba para prostituirlas y vinculó la causa con una suerte de venganza Policíal.
Pero, mas allá de todas sus argucias, el juicio concluyó condenando al nombrado a 10 años de prisión efectiva con mas las costas y costos causídicos, que desde entonces, vino intentando disminuir mediante apelaciones y el Recurso de Casación impetrado ante la Cámara Federal de Casación Penal, cuyo resultado final, pondera en el documento aquí publicado de forma fidedigna.
[Fuente: CIJ - PJN]
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, presidida por la jueza Ana María Figueroa e integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, dictó sentencia en la causa caratulada “Gauna, Omar Marcelo s/ infracción ley 26.364”.
El máximo tribunal penal federal del país confirmó la condena a diez años de prisión impuesta al imputado por haber promovido y facilitado la prostitución de dos víctimas, una de ellas menor de edad, con las que convivía. Asimismo, reafirmó la competencia de la justicia de excepción en tanto la causa también había sido requerida a juicio por el delito de trata de personas.
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